SUBVENCIONES PYMES FOMENTO DEL ASCENSO PROFESIONAL DE LA MUJER EN CASTILLA Y LEON
(Orden 30 de abril de 2019, BOCYL de 10 de mayo de 2019)
Objeto.
Incentivar a micro, pequeñas y medianas empresas (PYMES), para fomentar el ascenso
profesional de la mujer trabajadora en Castilla y León.
Se considera ascenso o promoción profesional, a efectos de esta orden, todo cambio de
categoría o grupo profesional, según convenio colectivo, que conlleve la realización
efectiva de funciones de mayor cualificación y un incremento salarial consolidable.
Beneficiarios.
Las micro, pequeñas y medianas empresas, (PYMES) que desarrollen su actividad
empresarial en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Cuantía.
El ascenso se subvencionará con una cuantía de 2.100 euros, incrementándose hasta
2.600 euros si la trabajadora en el momento del ascenso es menor de 35 años o tiene
55 o más años.
En el caso de que los contratos sean a tiempo parcial, o a tiempo completo con
reducción de jornada por cualquier causa, la cuantía de la subvención se reducirá en
proporción a la jornada realizada.
Requisitos.
Que el ascenso o promoción profesional suponga un incremento salarial anual bruto
bruto, calculado teniendo en cuenta catorce pagas (doce pagas ordinarias y dos pagas
extraordinarias), igual o superior a 1.390 euros, o cantidad reducida proporcionalmente
en el caso de contratos de trabajo a tiempo parcial, o a tiempo completo con reducción
de jornada por cualquier causa.
Periodo subvencionable.
Solo podrá subvencionarse un ascenso o promoción profesional por cada trabajadora
producido dentro del periodo que se extenderá desde el 1 de mayo de 2018, hasta el 30
de abril de 2019, ambos incluidos.
Compatibilidad.
La concesión de la subvención objeto de la presente orden, será incompatible con la
percepción de otras subvenciones procedentes de cualquier otra Administración
Pública, con idéntica acción subvencionable.
Plazo de presentación de solicitudes.
Hasta el 10 de junio de 2019