El TSJ anula la multa impuesta a la Asociación de Hosteleros de Valladolid por el “pincho de feria” de la edición de la Feria de Día del año 2.015.
Estima íntegramente el recurso interpuesto por APEHVA contra dicha sanción, por importe de 11.368 euros, que le impuso el Tribunal de Defensa de la Competencia de Castilla y León.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en sentencia fechada a principios de mes, ha estimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de Valladolid (APEHVA), que ha sido defendida por el abogado Luis Rodríguez-Sobrón, contra el acuerdo del Pleno del Tribunal para la Defensa de la Competencia de Castilla y León de 22 de junio de 2017, acuerdo que impuso una multa de 11.368,69 euros a dicha Asociación al considerar que la misma infringió la Ley de Defensa de la Competencia en la Feria de Día del año 2.015 por el denominado “pincho de feria”.
Dicho Tribunal para la Defensa de la Competencia de CYL, dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León, y como consecuencia de una denuncia presentada por el representante de la Asociación FACUA Castilla y León-Consumidores en Acción, impuso dicha sanción al entender acreditada la existencia de una conducta prohibida por dicha Ley en cuanto a la fijación del precio del “pincho de feria” de la edición de ese año.
La sentencia deja sin efecto dicho acuerdo, y en consecuencia, anula la multa impuesta, y establece que en la edición de la Feria de Día del año 2.015 en ningún momento APEHVA fijó el precio de dicho pincho, constando hasta un total de cuatro informes del Ayuntamiento de Valladolid que establecían que aunque ese año la Asociación, presidida actualmente por Doña María José Hernández, tuvo una implicación mayor en la organización de la Feria de Día, la condición de que en la oferta de cada establecimiento participante se incluyera, entre otros productos a la venta, un “Pincho de feria (pincho+bebida)” a precio fijo inferior al precio de mercado, fue siempre impuesta por el Ayuntamiento, y no por la Asociación.
La resolución judicial considera asimismo que “hay numerosos aspectos de la Feria de Día que han sido consensuados con la APEHVA, pero que hay otros, considerados como relativos a cuestiones de interés general o público, que han sido siempre objeto de decisión unilateral por parte del Ayuntamiento en desarrollo de sus competencias y obligaciones, imponiendo su cumplimiento al conjunto de participantes en ella como condiciones obligatorias, entre las que se encuentra, desde la primera edición, la exigencia de que todas la casetas deben ofrecer al público y publicitar de forma expresa y visible, como mínimo, una tapa y bebida especial a un precio determinado, de modo que se garantice que todos los ciudadanos puedan acceder al disfrute de esta fiesta popular”.
La sentencia del TSJ no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de casación en el plazo de treinta días.
La Asociación de Hostelería (APEHVA) muestra a través de este comunicado su satisfacción por el fallo de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y remite cualquier aclaración o ampliación de la noticia, así como la respuesta a cualquier duda que pudiera surgir, al letrado que ha llevado todo el procedimiento, Luis-Rodríguez-Sobrón, en el número de teléfono de su despacho, 983-342045.