RENOVACION TERRAZAS 2019
Tras el anuncio publicado en BOP de fecha 8 de ENERO DE 2019, os informamos que ha quedado abierto el plazo para la presentación de solicitudes de renovación y nuevas autorizaciones de instalación de terrazas en la vía pública.
1.- RENOVACIONES AUTOMÁTICAS:
Las autorizaciones concedidas para el año 2018 podrán ser renovadas automáticamente por sus titulares, siempre que se mantengan los requisitos y circunstancias que motivaron su concesión.
La renovación se concede sin perjuicio de terceros. Cuando la autorización del año anterior haya requerido autorización expresa de los titulares de locales colindantes o de comunidades de propietarios, deberá contarse con la misma autorización para el año 2019.
Plazo de renovación: Hasta el día 1 de abril de 2019.
Procedimiento para la renovación
Cada contribuyente recibirá en su domicilio la autoliquidación del pago de la terraza correspondiente al ejercicio 2019. Si desea ejercer el derecho a la citada renovación deberá abonar el importe indicado en cualquier oficina bancaria antes y con el justificante del pago retirar el croquis oficial de la terraza en las oficinas del Servicio de Espacio Público e Infraestructuras (Edificio San Benito, Puerta 14).
2.- NUEVAS SOLICITUDES:
Los interesados en obtener nuevas autorizaciones deberán adjuntar con la solicitud:
1.- Solicitud con los datos personales del solicitante, actividad que regenta y mobiliario que desea instalar.
2.- Plano-croquis, suficientemente explicativo, de la localización, superficie a ocupar y elementos a instalar (mesas, sillas, sombrillas, jardineras, etc.) (Escala entre 1:200 y 1:500).
3.- Autorización expresa de los titulares de las actividades que se ejerzan en los locales colindantes, cuando la terraza se pretenda instalar junto a la fachada de los mismos.
4.- Autorización expresa de la comunidad de propietarios, cuando se pretenda la ocupación de espacios privados de uso público.
5.- Contrato de seguro a nombre de los titulares de las instalaciones de terrazas en la vía publica, en espacios públicos pavimentados que se encuentran en continuidad con la misma o en espacios privados de uso público, que cubra el riesgo de responsabilidad civil por daños a terceros y a la vía publica.
Plazo de presentación de las nuevas solicitudes:
A partir del día siguiente al de la publicación del presente Anuncio en el BOP, durante el ejercicio 2019.
3.- VIGENCIA:
Las autorizaciones tendrán vigencia para el año natural.
No procederá la instalación de las terrazas en tanto no se disponga de la correspondiente autorización expresa, salvo en los supuestos de renovación automática. En tales supuestos, la autorización se prorrogará durante el ejercicio siguiente, hasta la publicación del Anuncio de Terrazas correspondiente a dicho ejercicio.
4.- HORARIO:
El horario diario de la instalación de terraza será como máximo el siguiente:
Inicio: a partir de las 9:00 horas
Terminación: a la 01:00 horas de la madrugada, EXCEPTO las vísperas de los sábados y domingos, y de los días festivos, en que se podrá mantener hasta las 02:00 horas de la madrugada.