Noticias de la Asociación - AUTORIZACION SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO
06/04/2011 - NOTICIAS ASOCIACIÓN
Con la publicación del Real Decreto 191/2011, de 18 de Febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias, que ha entrado en vigor el día 9 de Marzo 2011, se SUSTITUYE el tramite de la autorización sanitaria de funcionamiento por la presensación, ante la Administración Sanitaria, de una COMUNICACIÓN PREVIA como condición única y suficiente para iniciar la actividad, sin perjuicio de los controles que, posteriormente, se puedan llevar a cabo por la autoridad competente en cuanto al cumplimiento de la normativa sanitaria.
Hasta ahora las empresas de hotelería estaban obligadas a solicitar y obtener la correspondiente autorización sanitaria de funcionamiento antes del inicio de sus actividades, previa comprobación, mediante la correspondiente visita de inspección, del cumplimento de los requisitos establecidos en la normativa sanitaria. Autorización sanitaria que tenía una vigencia de 5 años, al término de los cuales se debía solicitar su renovación.
Con la nueva regulación se suprime tanto el requisito de autorización como el de renovación, así como la autoliquidación de la tasa correspondiente en ambos trámites.
Este nuevo trámite de comunicación previa deberá llevarse a cabo de forma simultánea al inicio de la actividad, así como ante cualquier modificación o cambio producido en la misma.
Os recordamos que todo establecimiento que lleva a cabo actividades alimentarías deberán seguir cumpliendo:
• Las condiciones técnico-sanitarias fijadas en la normativa básica de aplicación.
• Garantizar los procedimientos de autocontrol adecuados.
• Y asegurar la formación de los manipuladores, de acuerdo con su actividad laboral.








